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Título : Ley de Ejercicio de la Profesión de Economista : (Gaceta Oficial N° 29.687 de 15 de Diciembre de 1971) Tipo de documento: texto impreso Autores: Congreso de la República de Venezuela, Editor científico Editorial: Eduven Fecha de publicación: 1971 Número de páginas: 15 p. Il.: 12 cm. Dimensiones: Impreso ISBN/ISSN/DL: 980-209-240-1 Nota general: CIENCIAS SOCIALES Idioma : Español (spa) Idioma original : Español (spa) Clasificación: K = DERECHO Palabras clave: 1.-ECONOMISTA-LEGISLACIÓN-VENEZUELA Clasificación: P.O KHW 224 L35 1971 Resumen: La profesión de economista y su ejercicio se rige por esta ley y su reglamento. Las actividades propias de la profesión de economista son aquellas que exigen conocimientos de la ciencia económica, solo pueden ser ejercidas por quienes hayan obtenido el título de Doctor o Licenciado en Ciencias Económicas y Sociales Doctor o Licenciado en Economía o Economista. Nota de contenido: Disposiciones generales, del ejercicio de la profesión, del ejercicio ilegal de la profesión, organismos profesionales, colegios, federación, tribunales disciplinarios, sanciones y disposiciones transitorias. Ley de Ejercicio de la Profesión de Economista : (Gaceta Oficial N° 29.687 de 15 de Diciembre de 1971) [texto impreso] / Congreso de la República de Venezuela, Editor científico . - Urbanización Lebrún, Calle Secundaria, Edif. Ateneo.!er Piso, Petare, Venezuela : Eduven, 1971 . - 15 p. : 12 cm. ; Impreso.
ISBN : 980-209-240-1
CIENCIAS SOCIALES
Idioma : Español (spa) Idioma original : Español (spa)
Clasificación: K = DERECHO Palabras clave: 1.-ECONOMISTA-LEGISLACIÓN-VENEZUELA Clasificación: P.O KHW 224 L35 1971 Resumen: La profesión de economista y su ejercicio se rige por esta ley y su reglamento. Las actividades propias de la profesión de economista son aquellas que exigen conocimientos de la ciencia económica, solo pueden ser ejercidas por quienes hayan obtenido el título de Doctor o Licenciado en Ciencias Económicas y Sociales Doctor o Licenciado en Economía o Economista. Nota de contenido: Disposiciones generales, del ejercicio de la profesión, del ejercicio ilegal de la profesión, organismos profesionales, colegios, federación, tribunales disciplinarios, sanciones y disposiciones transitorias. Ejemplares (2)
Código de barras Signatura Tipo de medio Ubicación Sección Estado 47811 P.O KHW 224 L35 1971 Libro Biblioteca Central Barinas (BC) Servicio de Publicaciones Seriadas (En Fisico) Excluido de préstamo 51612 P.O KHW 224 L35 1971 Libro Biblioteca Central Barinas (BC) Servicio de Publicaciones Seriadas (En Fisico) Excluido de préstamo
Título : Ley de Ejercicio de la Profesión de Economista : publicada Gaceta Oficial de la Republica de Venezuela N° 29.687 de 15 de Diciembre de 1971 Tipo de documento: documento electrónico Autores: Congreso de la República de Venezuela, Editor científico Editorial: Caracas [Venezuela] : Imprenta del Congreso de la República Fecha de publicación: 1971 Dimensiones: Recurso en linea (04 paginas) Nota general: CIENCIAS SOCIALES Idioma : Español (spa) Idioma original : Español (spa) Clasificación: K = DERECHO Palabras clave: 1. DOCUMENTO ELECTRÓNICO 2. LEGISLACIÓN-VENEZUELA 3. ECONOMISTA 4. PROFESIÓN 5. EJERCICIO Resumen: La profesión de economista y su ejercicio se rige por esta ley y su reglamento. Las actividades propias de la profesión de economista son aquellas que exigen conocimientos de la ciencia económica, solo pueden ser ejercidas por quienes hayan obtenido el título de Doctor o Licenciado en Ciencias Económicas y Sociales Doctor o Licenciado en Economía o Economista. Nota de contenido: Disposiciones generales, del ejercicio de la profesión, del ejercicio ilegal de la profesión, de los organismos profesionales, colegios, federación, tribunales disciplinarios, sanciones, disposiciones transitorias. Ley de Ejercicio de la Profesión de Economista : publicada Gaceta Oficial de la Republica de Venezuela N° 29.687 de 15 de Diciembre de 1971 [documento electrónico] / Congreso de la República de Venezuela, Editor científico . - Caracas (Venezuela) : Imprenta del Congreso de la República, 1971 . - ; Recurso en linea (04 paginas).
CIENCIAS SOCIALES
Idioma : Español (spa) Idioma original : Español (spa)
Clasificación: K = DERECHO Palabras clave: 1. DOCUMENTO ELECTRÓNICO 2. LEGISLACIÓN-VENEZUELA 3. ECONOMISTA 4. PROFESIÓN 5. EJERCICIO Resumen: La profesión de economista y su ejercicio se rige por esta ley y su reglamento. Las actividades propias de la profesión de economista son aquellas que exigen conocimientos de la ciencia económica, solo pueden ser ejercidas por quienes hayan obtenido el título de Doctor o Licenciado en Ciencias Económicas y Sociales Doctor o Licenciado en Economía o Economista. Nota de contenido: Disposiciones generales, del ejercicio de la profesión, del ejercicio ilegal de la profesión, de los organismos profesionales, colegios, federación, tribunales disciplinarios, sanciones, disposiciones transitorias. Reserva
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Ley de Ejercicio de la Profesión de EconomistaAdobe Acrobat PDFLey de ejercicio de la profesión de licenciado en administración / Congreso de la República de Venezuela
Título : Ley de ejercicio de la profesión de licenciado en administración Tipo de documento: texto impreso Autores: Congreso de la República de Venezuela, Editor científico Número de páginas: 34 p Il.: il.; 12 cm Dimensiones: impreso Idioma : Español (spa) Ley de ejercicio de la profesión de licenciado en administración [texto impreso] / Congreso de la República de Venezuela, Editor científico . - [s.d.] . - 34 p : il.; 12 cm ; impreso.
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Título : Ley de Ejercicio de la Profesión de Licenciado en Administración : Gaceta Oficial N° 30.004 Extraordinario 26 de Agosto de 1982 Tipo de documento: texto impreso Autores: Congreso de la República de Venezuela, Editor científico Editorial: Caracas [Venezuela] : FECLAVE Fecha de publicación: 1982 Número de páginas: 34 p Il.: 12 cm Dimensiones: Impreso Nota general: Ciencias Jurídicas Idioma : Español (spa) Idioma original : Español (spa) Clasificación: K = DERECHO Palabras clave: 1.-PROFESIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN-LEGISLACIÓN-VENEZUELA Clasificación: P.O KHW 4459 L35 1982 Resumen: El ejercicio de la profesión de Licenciado en Administración se regirá por las disposiciones de esta ley y su reglamento, y como disciplina universitaria, es una actividad civil y profesional. Son Licenciados en Administración quienes hayan obtenido en universidades del país título universitario en la especialidad de administración, por estudios realizados en las respectivas escuelas de administración y contaduría y les sea revalidado por alguna de ellas el que hubiesen obtenido en universidades del exterior y que hayan cumplido el requisito exigido por el artículo 26 de esta Ley. Nota de contenido: Disposiciones generales, de la profesión de Licenciados en Administración, del ejercicio profesional, organismos profesionales (colegios y federación), previsión social del profesional, ejercicio ilegal, disposiciones finales y transitorias. Ley de Ejercicio de la Profesión de Licenciado en Administración : Gaceta Oficial N° 30.004 Extraordinario 26 de Agosto de 1982 [texto impreso] / Congreso de la República de Venezuela, Editor científico . - Caracas (Venezuela) : FECLAVE, 1982 . - 34 p : 12 cm ; Impreso.
Ciencias Jurídicas
Idioma : Español (spa) Idioma original : Español (spa)
Clasificación: K = DERECHO Palabras clave: 1.-PROFESIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN-LEGISLACIÓN-VENEZUELA Clasificación: P.O KHW 4459 L35 1982 Resumen: El ejercicio de la profesión de Licenciado en Administración se regirá por las disposiciones de esta ley y su reglamento, y como disciplina universitaria, es una actividad civil y profesional. Son Licenciados en Administración quienes hayan obtenido en universidades del país título universitario en la especialidad de administración, por estudios realizados en las respectivas escuelas de administración y contaduría y les sea revalidado por alguna de ellas el que hubiesen obtenido en universidades del exterior y que hayan cumplido el requisito exigido por el artículo 26 de esta Ley. Nota de contenido: Disposiciones generales, de la profesión de Licenciados en Administración, del ejercicio profesional, organismos profesionales (colegios y federación), previsión social del profesional, ejercicio ilegal, disposiciones finales y transitorias. Ejemplares (4)
Código de barras Signatura Tipo de medio Ubicación Sección Estado 50430 P.O KHW 4459 L35 1982 Libro Biblioteca Central Barinas (BC) Servicio de Publicaciones Seriadas (En Fisico) Excluido de préstamo 27956 P.O KHW 4459 L35 1982 Libro Biblioteca Central Barinas (BC) Servicio de Publicaciones Seriadas (En Fisico) Excluido de préstamo 50452 P.O KHW 4459 L35 1982 Libro Biblioteca Central Barinas (BC) Servicio de Publicaciones Seriadas (En Fisico) Excluido de préstamo 27955 P.O KHW 4459 L35 1982 Libro Biblioteca Central Barinas (BC) Servicio de Publicaciones Seriadas (En Fisico) Excluido de préstamo Ley de Ejercicio de la Profesión de Licenciado en Administración / Congreso de la República de Venezuela
Título : Ley de Ejercicio de la Profesión de Licenciado en Administración : Gaceta Oficial N° 30.004 Extraordinario 26 de Agosto de 1982 Tipo de documento: texto impreso Autores: Congreso de la República de Venezuela, Editor científico Editorial: Caracas [Venezuela] : Dabosan, C.A Fecha de publicación: 1982 Número de páginas: 24 p Il.: 12 cm Dimensiones: Impreso Nota general: Ciencias Jurídicas Idioma : Español (spa) Idioma original : Español (spa) Clasificación: K = DERECHO Palabras clave: 1.-PROFESIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN-LEGISLACIÓN-VENEZUELA Clasificación: P.O KHW 4459 L35p.o 1982 Resumen: El ejercicio de la profesión de Licenciado en Administración se regirá por las disposiciones de esta ley y su reglamento, y como disciplina universitaria, es una actividad civil y profesional. Son Licenciados en Administración quienes hayan obtenido en universidades del país título universitario en la especialidad de administración, por estudios realizados en las respectivas escuelas de administración y contaduría y les sea revalidado por alguna de ellas el que hubiesen obtenido en universidades del exterior y que hayan cumplido el requisito exigido por el artículo 26 de esta Ley. Nota de contenido: Disposiciones generales, de la profesión de Licenciados en Administración, del ejercicio profesional, organismos profesionales (colegios y federación), previsión social del profesional, ejercicio ilegal, disposiciones finales y transitorias. Ley de Ejercicio de la Profesión de Licenciado en Administración : Gaceta Oficial N° 30.004 Extraordinario 26 de Agosto de 1982 [texto impreso] / Congreso de la República de Venezuela, Editor científico . - Caracas (Venezuela) : Dabosan, C.A, 1982 . - 24 p : 12 cm ; Impreso.
Ciencias Jurídicas
Idioma : Español (spa) Idioma original : Español (spa)
Clasificación: K = DERECHO Palabras clave: 1.-PROFESIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN-LEGISLACIÓN-VENEZUELA Clasificación: P.O KHW 4459 L35p.o 1982 Resumen: El ejercicio de la profesión de Licenciado en Administración se regirá por las disposiciones de esta ley y su reglamento, y como disciplina universitaria, es una actividad civil y profesional. Son Licenciados en Administración quienes hayan obtenido en universidades del país título universitario en la especialidad de administración, por estudios realizados en las respectivas escuelas de administración y contaduría y les sea revalidado por alguna de ellas el que hubiesen obtenido en universidades del exterior y que hayan cumplido el requisito exigido por el artículo 26 de esta Ley. Nota de contenido: Disposiciones generales, de la profesión de Licenciados en Administración, del ejercicio profesional, organismos profesionales (colegios y federación), previsión social del profesional, ejercicio ilegal, disposiciones finales y transitorias. Ejemplares (2)
Código de barras Signatura Tipo de medio Ubicación Sección Estado 59911 P.O KHW 4459 L35p.o 1982 Libro Biblioteca Central Barinas (BC) Servicio de Publicaciones Seriadas (En Fisico) Excluido de préstamo 59910 P.O KHW 4459 L35p.o 1982 Libro Biblioteca Central Barinas (BC) Servicio de Publicaciones Seriadas (En Fisico) Excluido de préstamo Ley de Ejercicio de la Profesión de Licenciado en Administración / Congreso de la República de Venezuela
PermalinkLey de Ejercicio de la Profesión de Licenciado en Administración / Congreso de la República de Venezuela
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PermalinkLey de Ejercicio Profesional de la Sociología y la Antropología / Congreso de la República de Venezuela
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PermalinkPermalinkPermalinkPermalinkPermalinkLey Especial de Protección a los Depositantes y de Regulación de Emergencias en las Instituciones Financieras / Congreso de la República de Venezuela
PermalinkLey Especial que lleva a la categoría de Estado al Territorio Federal Amazonas / Congreso de la República de Venezuela
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