Título : |
Ley de Creación de la Academia de Ciencias Agrícolas de Venezuela (ACAV) : publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.404 de fecha del 15 de abril de 2010 |
Tipo de documento: |
documento electrónico |
Autores: |
Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, Autor |
Editorial: |
Imprenta Nacional y Gaceta Oficial |
Fecha de publicación: |
2010 |
Dimensiones: |
Recurso en Linea, (06 paginas) |
Nota general: |
Ciencias Jurídicas |
Idioma : |
Español (spa) Idioma original : Español (spa) |
Clasificación: |
K = DERECHO
|
Palabras clave: |
1.DOCUMENTO DIGITAL 2. LEGISLACIÓN-VENEZUELA 3. CREACIÓN DE ACADEMIA |
Clasificación: |
BD 400 1128 2010 |
Resumen: |
La presente Ley tiene por objeto crear la Academia de Ciencias Agrícolas de Venezuela (ACAV), la cual tendrá carácter de Instituto Público, con personalidad juridica y patrimonio propio, estará adscrito al ministerio del Poder Popular con competencia en materia de agricultura y tierras, y gozará de las prerrogativas y privilegios establecidos en las leyes de la República |
Nota de contenido: |
Disposiciones generales, de las competencias de la Academia de Ciencias Agrícolas de Venezuela (ACAV), domicilio y patrimonio, estructura organizativa, de la participación del poder popular, sistema nacional de formación en el área agricola, de los polo de formación, innovación desarrollos regionales y locales, disposición final |
Ley de Creación de la Academia de Ciencias Agrícolas de Venezuela (ACAV) : publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.404 de fecha del 15 de abril de 2010 [documento electrónico] / Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, Autor . - [S.l.] : Imprenta Nacional y Gaceta Oficial, 2010 . - ; Recurso en Linea, (06 paginas). Ciencias Jurídicas Idioma : Español ( spa) Idioma original : Español ( spa)
Clasificación: |
K = DERECHO
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Palabras clave: |
1.DOCUMENTO DIGITAL 2. LEGISLACIÓN-VENEZUELA 3. CREACIÓN DE ACADEMIA |
Clasificación: |
BD 400 1128 2010 |
Resumen: |
La presente Ley tiene por objeto crear la Academia de Ciencias Agrícolas de Venezuela (ACAV), la cual tendrá carácter de Instituto Público, con personalidad juridica y patrimonio propio, estará adscrito al ministerio del Poder Popular con competencia en materia de agricultura y tierras, y gozará de las prerrogativas y privilegios establecidos en las leyes de la República |
Nota de contenido: |
Disposiciones generales, de las competencias de la Academia de Ciencias Agrícolas de Venezuela (ACAV), domicilio y patrimonio, estructura organizativa, de la participación del poder popular, sistema nacional de formación en el área agricola, de los polo de formación, innovación desarrollos regionales y locales, disposición final |
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