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Título : El derecho de permanencia en la legislación agraria venezolana Tipo de documento: documento electrónico Autores: Marvin R. Solórzano T., Autor ; Miguel Funez, Director de tesi Editorial: San Fernando de Apure - Apure [Venezuela] : Universidad Nacional Experimental de los Llanos Occidentales "Ezequiel Zamora" (UNELLEZ) - Vicerrectorado de Planificación y Desarrollo Regional (VPDR) - Programa de Estudios Avanzados - Especialización en Derecho Agrario y Ambiental Fecha de publicación: 2017 Número de páginas: v. ; 67p. Il.: il. ; 28cm. Nota general: Trabajo de Grado presentado como requisito para optar al Grado de Especialista en Derecho Agrario y Ambiental Idioma : Español (spa) Idioma original : Español (spa) Palabras clave: 1. DERECHO AGRARIO, 2. DE PERMANENCIA EN LA LEY, 3. SUSTANTIVO, 4. ADJETIVO Clasificación: TG 320 0059 2017 Resumen: La reforma agraria desde 1960 para combatir el régimen latifundista, reconoció y estableció el derecho de permanencia a los pequeños y medianos productores agropecuarios. Por ello, el objetivo de esta investigación es analizar el Derecho de Permanencia en la Legislación Agraria Venezolana. La metodología utilizada se corresponde a una investigación documental, basada en el razonamiento deductivo y para ello se analizaron los antecedentes relacionados, instrumentos legales, jurisprudencias y aspectos doctrinarios. Se procedió a la observación documental, al resumen analítico y al análisis crítico tomando en cuenta el punto de vista literal, histórico y exegético. Todo ello, llevó a una conclusión puntual donde se señala que el Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, reconoce y mantiene la existencia del derecho de permanencia, sin asignar procedimiento para objetivar la tutela sobre el mismo. La reciente reforma del 18 de mayo del 2005, incluyó facultades al ente agrario para negar, otorgar o revocar el certificado de garantía de permanencia, e igualmente determinó que la apertura del procedimiento impide que cualquier otra autoridad sea judicial o administrativa ejecute actos que conlleven al desalojo de las personas hasta tanto se dirima la petición de permanencia. Por lo que se recomienda mantener una estrecha colaboración y comunicación entre los Organismos Agrarios y la Jurisdicción Agraria, con la finalidad de garantizar los principios agrarios constitucionales. El derecho de permanencia en la legislación agraria venezolana [documento electrónico] / Marvin R. Solórzano T., Autor ; Miguel Funez, Director de tesi . - San Fernando de Apure - Apure (7001, Venezuela) : Universidad Nacional Experimental de los Llanos Occidentales "Ezequiel Zamora" (UNELLEZ) - Vicerrectorado de Planificación y Desarrollo Regional (VPDR) - Programa de Estudios Avanzados - Especialización en Derecho Agrario y Ambiental, 2017 . - v. ; 67p. : il. ; 28cm.
Trabajo de Grado presentado como requisito para optar al Grado de Especialista en Derecho Agrario y Ambiental
Idioma : Español (spa) Idioma original : Español (spa)
Palabras clave: 1. DERECHO AGRARIO, 2. DE PERMANENCIA EN LA LEY, 3. SUSTANTIVO, 4. ADJETIVO Clasificación: TG 320 0059 2017 Resumen: La reforma agraria desde 1960 para combatir el régimen latifundista, reconoció y estableció el derecho de permanencia a los pequeños y medianos productores agropecuarios. Por ello, el objetivo de esta investigación es analizar el Derecho de Permanencia en la Legislación Agraria Venezolana. La metodología utilizada se corresponde a una investigación documental, basada en el razonamiento deductivo y para ello se analizaron los antecedentes relacionados, instrumentos legales, jurisprudencias y aspectos doctrinarios. Se procedió a la observación documental, al resumen analítico y al análisis crítico tomando en cuenta el punto de vista literal, histórico y exegético. Todo ello, llevó a una conclusión puntual donde se señala que el Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, reconoce y mantiene la existencia del derecho de permanencia, sin asignar procedimiento para objetivar la tutela sobre el mismo. La reciente reforma del 18 de mayo del 2005, incluyó facultades al ente agrario para negar, otorgar o revocar el certificado de garantía de permanencia, e igualmente determinó que la apertura del procedimiento impide que cualquier otra autoridad sea judicial o administrativa ejecute actos que conlleven al desalojo de las personas hasta tanto se dirima la petición de permanencia. Por lo que se recomienda mantener una estrecha colaboración y comunicación entre los Organismos Agrarios y la Jurisdicción Agraria, con la finalidad de garantizar los principios agrarios constitucionales. Reserva
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Código de barras Signatura Tipo de medio Ubicación Sección Estado 320 0059 TG 320 0059 2017 Trabajo de Grado Biblioteca Central Barinas (BC) Producción Intelectual e Institucional (Tesis Digitales) Digital
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