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P.O KHW 187 L35 1982 |
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Ley Orgánica de Tribunales y de Procedimientos Agrarios / Congreso de la República de Venezuela
Título : Ley Orgánica de Tribunales y de Procedimientos Agrarios : Gaceta Oficial Nº 3.015, Extraordinario de 13 de Septiembre de 1982 Tipo de documento: texto impreso Autores: Congreso de la República de Venezuela, Editor científico Editorial: Eduven Fecha de publicación: 1982 Número de páginas: 13 p. Il.: 12 cm. Dimensiones: Impreso Nota general: Ciencias Jurídicas Idioma : Español (spa) Idioma original : Español (spa) Clasificación: K = DERECHO Palabras clave: 1.-TRIBUNALES AGRARIOS-VENEZUELA 2.-REFORMA AGRARIA-LEGISLACIÓN-VENEZUELA Clasificación: P.O KHW 187 L35 1982 Resumen: La Jurisdicción Especial Agraria regida por la presente Ley, será ejercida por los tribunales agrarios de primera instancia y por los tribunales superiores agrarios que conocen en segunda instancia dichos tribunales estarán constituido por un juez, un secretario y un alguacil. La jurisdicción agraria se organizará en atención a las regiones establecidas para el funcionamiento de los órganos agrarios del poder ejecutivo. Nota de contenido: Disposiciones fundamentales, competencia, jueces agrarios, procedimiento, procuraduría agraria nacional, disposiciones finales. Ley Orgánica de Tribunales y de Procedimientos Agrarios : Gaceta Oficial Nº 3.015, Extraordinario de 13 de Septiembre de 1982 [texto impreso] / Congreso de la República de Venezuela, Editor científico . - Urbanización Lebrún, Calle Secundaria, Edif. Ateneo.!er Piso, Petare, Venezuela : Eduven, 1982 . - 13 p. : 12 cm. ; Impreso.
Ciencias Jurídicas
Idioma : Español (spa) Idioma original : Español (spa)
Clasificación: K = DERECHO Palabras clave: 1.-TRIBUNALES AGRARIOS-VENEZUELA 2.-REFORMA AGRARIA-LEGISLACIÓN-VENEZUELA Clasificación: P.O KHW 187 L35 1982 Resumen: La Jurisdicción Especial Agraria regida por la presente Ley, será ejercida por los tribunales agrarios de primera instancia y por los tribunales superiores agrarios que conocen en segunda instancia dichos tribunales estarán constituido por un juez, un secretario y un alguacil. La jurisdicción agraria se organizará en atención a las regiones establecidas para el funcionamiento de los órganos agrarios del poder ejecutivo. Nota de contenido: Disposiciones fundamentales, competencia, jueces agrarios, procedimiento, procuraduría agraria nacional, disposiciones finales. Ejemplares (1)
Código de barras Signatura Tipo de medio Ubicación Sección Estado 50564 P.O KHW 187 L35 1982 Libro Biblioteca Central Barinas (BC) Servicio de Publicaciones Seriadas (En Fisico) Excluido de préstamo