Título : |
Ley Penal del Ambiente : Gaceta Oficial N° 4.358 de 3 de Enero de 1992 |
Tipo de documento: |
texto impreso |
Autores: |
Congreso de la República de Venezuela, Editor científico |
Editorial: |
La Piedra |
Fecha de publicación: |
1992 |
Número de páginas: |
30 p. |
Il.: |
12 cm. |
Dimensiones: |
Impreso |
Nota general: |
Ciencias Jurídicas |
Idioma : |
Español (spa) Idioma original : Español (spa) |
Clasificación: |
K = DERECHO
|
Palabras clave: |
1.-LEGISLACIÓN AMBIENTAL-VENEZUELA 2.-DELITOS CONTRA EL AMBIENTE |
Clasificación: |
P.O KHW 5685 L35 1992 |
Resumen: |
La presente ley tiene por objeto tipificar como delitos aquellos hechos que violen las disposiciones relativas a la conservacion, defensa y mejoramiento del ambiente y establece las sanciones penales correspondientes. Así mismo, determina las medidas precautelativas, de restitución y de reparación a que haya lugar. |
Nota de contenido: |
Disposiciones generales, delitos contra el ambiente, degradación, envenenamiento, contaminación y demás acciones capaces de causar daños a las aguas, al medio lacustre, marino y costero, a los suelos, la topografía y el paisaje, la atmosfera o el aire, flora y la fauna, sus habitats o a las áreas bajo régimen de administración especial, y a su vez las omisiones en el estudio y evaluación del impacto ambiental, los desechos tóxicos y las disposiciones finales y transitorias. |
Ley Penal del Ambiente : Gaceta Oficial N° 4.358 de 3 de Enero de 1992 [texto impreso] / Congreso de la República de Venezuela, Editor científico . - [S.l.] : La Piedra, 1992 . - 30 p. : 12 cm. ; Impreso. Ciencias Jurídicas Idioma : Español ( spa) Idioma original : Español ( spa)
Clasificación: |
K = DERECHO
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Palabras clave: |
1.-LEGISLACIÓN AMBIENTAL-VENEZUELA 2.-DELITOS CONTRA EL AMBIENTE |
Clasificación: |
P.O KHW 5685 L35 1992 |
Resumen: |
La presente ley tiene por objeto tipificar como delitos aquellos hechos que violen las disposiciones relativas a la conservacion, defensa y mejoramiento del ambiente y establece las sanciones penales correspondientes. Así mismo, determina las medidas precautelativas, de restitución y de reparación a que haya lugar. |
Nota de contenido: |
Disposiciones generales, delitos contra el ambiente, degradación, envenenamiento, contaminación y demás acciones capaces de causar daños a las aguas, al medio lacustre, marino y costero, a los suelos, la topografía y el paisaje, la atmosfera o el aire, flora y la fauna, sus habitats o a las áreas bajo régimen de administración especial, y a su vez las omisiones en el estudio y evaluación del impacto ambiental, los desechos tóxicos y las disposiciones finales y transitorias. |
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