| Título : |
Ley de Tierras Baldías y Ejidos : y su reglamento |
| Tipo de documento: |
texto impreso |
| Autores: |
Congreso de la República de Venezuela, Editor científico |
| Editorial: |
Eduven |
| Fecha de publicación: |
1936 |
| Número de páginas: |
48 p. |
| Il.: |
12 cm. |
| Dimensiones: |
Impreso |
| ISBN/ISSN/DL: |
978-980-209-179-9 |
| Nota general: |
Ciencias Jurídicas |
| Idioma : |
Español (spa) Idioma original : Español (spa) |
| Clasificación: |
K = DERECHO
|
| Palabras clave: |
1.- TERRENOS BALDIOS Y EJIDOS-LEGISLACIÓN-VENEZUELA 2.-MUNICIPIO |
| Clasificación: |
P.O KHW 3811 L35 1936 |
| Resumen: |
Son baldíos todos los terrenos que, estando dentro de los límites de la República, no sean ejidos ni propiedad particular ni pertenezcan legítimamente a corporaciones o personas jurídicas. Se consideran también como baldíos, y la Nación entra desde luego a poseerlos, los terrenos ejidos que han quedado abandonados por la extinción, comprobada oficialmente, del dominio que en ellos ejercerá el municipio. |
| Nota de contenido: |
Disposiciones generales, terrenos baldíos que no pueden enajenarse, aplicación de los terrenos baldíos y de su administración, arrendamiento y venta de tierras baldías, adjudicación gratuita, concesión y ampliación de ejidos, expropiación de terrenos con fines de construir o ampliar los ejidos de los municipios, de la ocupación de terrenos baldíos, preferencias, oposiciones, apelaciones, disposiciones finales y reglamento de la Ley de Tierras Baldías y Ejidos. |
Ley de Tierras Baldías y Ejidos : y su reglamento [texto impreso] / Congreso de la República de Venezuela, Editor científico . - Urbanización Lebrún, Calle Secundaria, Edif. Ateneo.!er Piso, Petare, Venezuela : Eduven, 1936 . - 48 p. : 12 cm. ; Impreso. ISBN : 978-980-209-179-9 Ciencias Jurídicas Idioma : Español ( spa) Idioma original : Español ( spa)
| Clasificación: |
K = DERECHO
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| Palabras clave: |
1.- TERRENOS BALDIOS Y EJIDOS-LEGISLACIÓN-VENEZUELA 2.-MUNICIPIO |
| Clasificación: |
P.O KHW 3811 L35 1936 |
| Resumen: |
Son baldíos todos los terrenos que, estando dentro de los límites de la República, no sean ejidos ni propiedad particular ni pertenezcan legítimamente a corporaciones o personas jurídicas. Se consideran también como baldíos, y la Nación entra desde luego a poseerlos, los terrenos ejidos que han quedado abandonados por la extinción, comprobada oficialmente, del dominio que en ellos ejercerá el municipio. |
| Nota de contenido: |
Disposiciones generales, terrenos baldíos que no pueden enajenarse, aplicación de los terrenos baldíos y de su administración, arrendamiento y venta de tierras baldías, adjudicación gratuita, concesión y ampliación de ejidos, expropiación de terrenos con fines de construir o ampliar los ejidos de los municipios, de la ocupación de terrenos baldíos, preferencias, oposiciones, apelaciones, disposiciones finales y reglamento de la Ley de Tierras Baldías y Ejidos. |
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