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P.O KHW 2574 C65 1990 |
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Código de Procedimiento Civil / Congreso de la República de Venezuela
Título : Código de Procedimiento Civil : Gaceta Oficial de la República de Venezuela Extraordinaria N° 4209 de 18 de Septiembre de 1990 Tipo de documento: texto impreso Autores: Congreso de la República de Venezuela, Editor científico Fecha de publicación: 1990 Número de páginas: 218 p Il.: 12 cm. Dimensiones: Impreso Nota general: Ciencias Jurídicas Idioma : Español (spa) Idioma original : Español (spa) Clasificación: K = DERECHO Palabras clave: 1.-DERECHO CIVIL-LEGISLACIÓN-VENEZUELA Clasificación: P.O KHW 2574 C65 1990 Resumen: La tutela jurisdiccional, no es un derecho absoluto del Estado; la misma ha sido establecida fundamentalmente para la protección y respeto de los derechos de los individuos. No obstante la Ley, en determinados supuestos, prohíbe expresamente que algunos asuntos sean dirimidos por una jurisdicción distinta a la venezolana. La Jurisdiccion Civil, salvo disposiciones especiales de la Ley, se ejerce por los jueces ordinarios de conformidad con las disposiciones de este código. Los jueces tienen la obligacion de administrar justicia tanto a los venezolanos como a los extranjeros, en la medida en que las leyes determinen su competencia para conocer del respectivo asunto. La jurisdicción venezolana no puede derogarse convencionalmente en favor de una jurisdicción extranjera ni de árbitros que resuelvan en el exterior cuando se trata de bienes inmuebles situados en el territorio de la República o sobre otras materias. Nota de contenido: Disposiciones fundamentales (Título preliminar). Esta obra está compuesto en cuatro partes (Libros) que se refieren a: De los orgános judiciales (Libro Primero), Del procedimiento ordinario (Libro Segundo), del procedimiento cautelar y de otras incidencias (Libro Tercero), De los procedimientos especiales contenciosos y de la jurisdicción voluntaria (Libro cuarto) Código de Procedimiento Civil : Gaceta Oficial de la República de Venezuela Extraordinaria N° 4209 de 18 de Septiembre de 1990 [texto impreso] / Congreso de la República de Venezuela, Editor científico . - 1990 . - 218 p : 12 cm. ; Impreso.
Ciencias Jurídicas
Idioma : Español (spa) Idioma original : Español (spa)
Clasificación: K = DERECHO Palabras clave: 1.-DERECHO CIVIL-LEGISLACIÓN-VENEZUELA Clasificación: P.O KHW 2574 C65 1990 Resumen: La tutela jurisdiccional, no es un derecho absoluto del Estado; la misma ha sido establecida fundamentalmente para la protección y respeto de los derechos de los individuos. No obstante la Ley, en determinados supuestos, prohíbe expresamente que algunos asuntos sean dirimidos por una jurisdicción distinta a la venezolana. La Jurisdiccion Civil, salvo disposiciones especiales de la Ley, se ejerce por los jueces ordinarios de conformidad con las disposiciones de este código. Los jueces tienen la obligacion de administrar justicia tanto a los venezolanos como a los extranjeros, en la medida en que las leyes determinen su competencia para conocer del respectivo asunto. La jurisdicción venezolana no puede derogarse convencionalmente en favor de una jurisdicción extranjera ni de árbitros que resuelvan en el exterior cuando se trata de bienes inmuebles situados en el territorio de la República o sobre otras materias. Nota de contenido: Disposiciones fundamentales (Título preliminar). Esta obra está compuesto en cuatro partes (Libros) que se refieren a: De los orgános judiciales (Libro Primero), Del procedimiento ordinario (Libro Segundo), del procedimiento cautelar y de otras incidencias (Libro Tercero), De los procedimientos especiales contenciosos y de la jurisdicción voluntaria (Libro cuarto) Ejemplares (1)
Código de barras Signatura Tipo de medio Ubicación Sección Estado 52364 P.O KHW 2574 C65 1990 Libro Biblioteca Central Barinas (BC) Servicio de Publicaciones Seriadas (En Fisico) Excluido de préstamo