Título : |
Código Civil de Venezuela : Artículos 184 al 196 |
Otro título : |
antecedentes, comisiones codificadoras, debates parlamentarios, jurisprudencia, doctrina, concordancias |
Tipo de documento: |
texto impreso |
Autores: |
Carmen Luisa Reyna de Roche, Colaborador ; Maruja Bustamante Miranda, Colaborador |
Editorial: |
Caracas [Venezuela] : Universidad Central de Venezuela. Facultad de Derecho |
Fecha de publicación: |
1976 |
Número de páginas: |
581 p. |
Il.: |
24 cm |
Dimensiones: |
Impreso |
Nota general: |
Ciencias jurídicas. |
Idioma : |
Español (spa) Idioma original : Español (spa) |
Clasificación: |
K = DERECHO
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Palabras clave: |
1.-DERECHO CIVIL-LEGISLACIÓN-VENEZUELA |
Clasificación: |
P.O KHW 404.3 V6 R35 1976 |
Resumen: |
Todo matrimonio válido se disuelve por la muerte de uno de los cónyugues y por divorcio. Son causas únicas de divorcio: el adulterio de la mujer y el del marido, abandono voluntario, excesos, sevicia o injuria grave que hagan imposible la vida en común, conato de uno de los cónyugues para corromper a los hijos (as) o la convivencia en su corrupción o prostitución, condenación a presidio, embriaguez de uno de los cónyugues, al ser declarada la separación de cuerpos en el transcurso de dos años después de declarada la separación sin haber ocurrido reconciliación en dicho lapso se procederá al divorcio con audiencia del otro cónyugue procediendo el Tribunal
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Nota de contenido: |
Contiene el capítulo XII: disolución del matrimonio y de separación de cuerpos |
Código Civil de Venezuela = antecedentes, comisiones codificadoras, debates parlamentarios, jurisprudencia, doctrina, concordancias : Artículos 184 al 196 [texto impreso] / Carmen Luisa Reyna de Roche, Colaborador ; Maruja Bustamante Miranda, Colaborador . - Caracas (Venezuela) : Universidad Central de Venezuela. Facultad de Derecho, 1976 . - 581 p. : 24 cm ; Impreso. Ciencias jurídicas. Idioma : Español ( spa) Idioma original : Español ( spa)
Clasificación: |
K = DERECHO
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Palabras clave: |
1.-DERECHO CIVIL-LEGISLACIÓN-VENEZUELA |
Clasificación: |
P.O KHW 404.3 V6 R35 1976 |
Resumen: |
Todo matrimonio válido se disuelve por la muerte de uno de los cónyugues y por divorcio. Son causas únicas de divorcio: el adulterio de la mujer y el del marido, abandono voluntario, excesos, sevicia o injuria grave que hagan imposible la vida en común, conato de uno de los cónyugues para corromper a los hijos (as) o la convivencia en su corrupción o prostitución, condenación a presidio, embriaguez de uno de los cónyugues, al ser declarada la separación de cuerpos en el transcurso de dos años después de declarada la separación sin haber ocurrido reconciliación en dicho lapso se procederá al divorcio con audiencia del otro cónyugue procediendo el Tribunal
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Nota de contenido: |
Contiene el capítulo XII: disolución del matrimonio y de separación de cuerpos |
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