| Título : |
Ley Orgánica del Sufragio : Gaceta Oficial N° 1.609 Extraordinario de 6 de Septiembre de 1973 |
| Tipo de documento: |
texto impreso |
| Autores: |
Congreso de la República de Venezuela, Autor |
| Editorial: |
Editorial "La Torre" |
| Fecha de publicación: |
1973 |
| Número de páginas: |
102 p. |
| Il.: |
12 cm |
| Dimensiones: |
Impreso |
| Nota general: |
Ciencias Jurídicas |
| Idioma : |
Español (spa) Idioma original : Español (spa) |
| Clasificación: |
K = DERECHO
|
| Palabras clave: |
1.-LEGISLACIÓN-SUFRAGIO-VENEZUELA 2.-ELECCIONES 3.-SUFRAGIO 4.-REGISTRO ELECTORAL PERMANENTE 5.-VOTAR 6.-VENEZOLANOS 7.-EXTRANJEROS 8.-FUERZAS ARMADAS |
| Clasificación: |
P.O KHW 3055 L35 1973 |
| Resumen: |
Esta ley, regirá los procesos electorales que se celebren en todo el territorio nacional, mediante el sufragio universal, directo y secreto. Todos los venezolanos mayores de dieciocho (18), tiene el derecho y está en el deber de inscribirse en el registro electoral permanente y de votar, mientras que los miembros de las Fuerzas Armadas no ejercerán el sufragio estando activo en el servicio militar y en el caso del extranjero tiene que tener diez (10) años en calidad de residente en el país. |
| Nota de contenido: |
Disposiciones fundamentales, organismos electorales, registro electoral permanente, elecciones, contencioso electoral, faltas y delitos electorales, disposiciones transitorias y finales. |
Ley Orgánica del Sufragio : Gaceta Oficial N° 1.609 Extraordinario de 6 de Septiembre de 1973 [texto impreso] / Congreso de la República de Venezuela, Autor . - Caracas : Editorial "La Torre", 1973 . - 102 p. : 12 cm ; Impreso. Ciencias Jurídicas Idioma : Español ( spa) Idioma original : Español ( spa)
| Clasificación: |
K = DERECHO
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| Palabras clave: |
1.-LEGISLACIÓN-SUFRAGIO-VENEZUELA 2.-ELECCIONES 3.-SUFRAGIO 4.-REGISTRO ELECTORAL PERMANENTE 5.-VOTAR 6.-VENEZOLANOS 7.-EXTRANJEROS 8.-FUERZAS ARMADAS |
| Clasificación: |
P.O KHW 3055 L35 1973 |
| Resumen: |
Esta ley, regirá los procesos electorales que se celebren en todo el territorio nacional, mediante el sufragio universal, directo y secreto. Todos los venezolanos mayores de dieciocho (18), tiene el derecho y está en el deber de inscribirse en el registro electoral permanente y de votar, mientras que los miembros de las Fuerzas Armadas no ejercerán el sufragio estando activo en el servicio militar y en el caso del extranjero tiene que tener diez (10) años en calidad de residente en el país. |
| Nota de contenido: |
Disposiciones fundamentales, organismos electorales, registro electoral permanente, elecciones, contencioso electoral, faltas y delitos electorales, disposiciones transitorias y finales. |
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