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Autor Carmen Urdaneta Salinas |
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Cronología de la legislación turística venezolana. / Carmen Urdaneta Salinas en Anuario, Vol. 25 Tomo Unico (2002)
[artículo]
Título : Cronología de la legislación turística venezolana. Otro título : Chronology of the legislation tourist venezuelan. Tipo de documento: texto impreso Autores: Carmen Urdaneta Salinas, Autor Fecha de publicación: 2011 Artículo en la página: 529 - 546 pp. Nota general: Ciencias Jurídicas y Políticas. Idioma : Español (spa) Idioma original : Español (spa) Clasificación: J = CIENCIAS POLÍTICAS Palabras clave: 1.- TURISMO. 2.- LEGISLACIÓN. Clasificación: BC-PS (Publicaciones Seriadas) UNELLEZ-Barinas Resumen: La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su árticulo 310 establece que el turismo es una actividad económica de interés nacional, prioritaria para el país en su estrategia de diversificación y desarrollo sustentable, por lo que se afirma que por primera vez esta actividad tiene rango constitucional; no ostante, el Estado Venezolano legisla en esta materia desde 1.937, mediante un Decreto Ejecutivo que fue derogado en 1.938, por la primera Ley de Turismo que tuvo el país, de alli el propósito de este trabajo que es el de hacer una Cronología de la Legislación Turística Venezolana, con el fin de facilitar a los estudiosos de la materia las características mas resaltántes de las distintas leyes de Turismo que se han sancionado en el país.
in Anuario > Vol. 25 Tomo Unico (2002) . - 529 - 546 pp.[artículo] Cronología de la legislación turística venezolana. = Chronology of the legislation tourist venezuelan. [texto impreso] / Carmen Urdaneta Salinas, Autor . - 2011 . - 529 - 546 pp.
Ciencias Jurídicas y Políticas.
Idioma : Español (spa) Idioma original : Español (spa)
in Anuario > Vol. 25 Tomo Unico (2002) . - 529 - 546 pp.
Clasificación: J = CIENCIAS POLÍTICAS Palabras clave: 1.- TURISMO. 2.- LEGISLACIÓN. Clasificación: BC-PS (Publicaciones Seriadas) UNELLEZ-Barinas Resumen: La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su árticulo 310 establece que el turismo es una actividad económica de interés nacional, prioritaria para el país en su estrategia de diversificación y desarrollo sustentable, por lo que se afirma que por primera vez esta actividad tiene rango constitucional; no ostante, el Estado Venezolano legisla en esta materia desde 1.937, mediante un Decreto Ejecutivo que fue derogado en 1.938, por la primera Ley de Turismo que tuvo el país, de alli el propósito de este trabajo que es el de hacer una Cronología de la Legislación Turística Venezolana, con el fin de facilitar a los estudiosos de la materia las características mas resaltántes de las distintas leyes de Turismo que se han sancionado en el país.