Título : |
Ley de Ejercicio de la Profesión de Economista : (Gaceta Oficial N° 29.687 de 15 de Diciembre de 1971) |
Tipo de documento: |
texto impreso |
Autores: |
Congreso de la República de Venezuela, Editor científico |
Editorial: |
Caracas [Venezuela] : La Torre |
Fecha de publicación: |
1971 |
Número de páginas: |
22 p. |
Il.: |
12 cm. |
Dimensiones: |
Impreso |
Nota general: |
CIENCIAS SOCIALES |
Idioma : |
Español (spa) Idioma original : Español (spa) |
Clasificación: |
K = DERECHO
|
Palabras clave: |
1.-ECONOMISTA-LEGISLACIÓN-VENEZUELA |
Clasificación: |
P.O KHW 224 L35 1971 |
Resumen: |
La profesión de economista y su ejercicio se rige por esta ley y su reglamento. Las actividades propias de la profesión de economista son aquellas que exigen conocimientos de la ciencia económica, solo pueden ser ejercidas por quienes hayan obtenido el título de Doctor o Licenciado en Ciencias Económicas y Sociales Doctor o Licenciado en Economía o Economista. |
Nota de contenido: |
Disposiciones generales, del ejercicio de la profesión, del ejercicio ilegal de la profesión, de los organismos profesionales, colegios, federación, tribunales disciplinarios, sanciones, disposiciones transitorias. |
Ley de Ejercicio de la Profesión de Economista : (Gaceta Oficial N° 29.687 de 15 de Diciembre de 1971) [texto impreso] / Congreso de la República de Venezuela, Editor científico . - Caracas (Venezuela) : La Torre, 1971 . - 22 p. : 12 cm. ; Impreso. CIENCIAS SOCIALES Idioma : Español ( spa) Idioma original : Español ( spa)
Clasificación: |
K = DERECHO
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Palabras clave: |
1.-ECONOMISTA-LEGISLACIÓN-VENEZUELA |
Clasificación: |
P.O KHW 224 L35 1971 |
Resumen: |
La profesión de economista y su ejercicio se rige por esta ley y su reglamento. Las actividades propias de la profesión de economista son aquellas que exigen conocimientos de la ciencia económica, solo pueden ser ejercidas por quienes hayan obtenido el título de Doctor o Licenciado en Ciencias Económicas y Sociales Doctor o Licenciado en Economía o Economista. |
Nota de contenido: |
Disposiciones generales, del ejercicio de la profesión, del ejercicio ilegal de la profesión, de los organismos profesionales, colegios, federación, tribunales disciplinarios, sanciones, disposiciones transitorias. |
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