| Título : |
Ley de Coordinación de Seguridad Ciudadana : Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37318 del 06 de Noviembre de 2001 |
| Tipo de documento: |
texto impreso |
| Autores: |
Hugo Rafael Chavez Frías, Autor |
| Editorial: |
La Piedra |
| Fecha de publicación: |
2001 |
| Número de páginas: |
18 p. |
| Il.: |
12 cm. |
| Dimensiones: |
Impreso |
| Nota general: |
Ciencias Jurídicas |
| Idioma : |
Español (spa) Idioma original : Español (spa) |
| Clasificación: |
K = DERECHO
|
| Palabras clave: |
1.-SEGURIDAD CIUDADANA-LEGISLACIÓN-VENEZUELA |
| Clasificación: |
P.O KHW 18 L35 2001 |
| Resumen: |
El presente Decreto-Ley tiene por objeto regular la coordinación entre los órganos de Seguridad Ciudadana, sus competencias concurrentes, cooperación recíproca y el establecimiento de parámetros en el ámbito de su ejercicio. Se entiende por Seguridad Ciudadana, el estado de sosiego, certidumbre y confianza que debe proporcionarse a la población, residente o de tránsito, mediante acciones dirigidas a proteger su integridad física y propiedades. |
| Nota de contenido: |
Disposiciones generales, competencias concurrentes, y actuación compartida, entes de coordinación de seguridad ciudadana y la participación de otros órganos, organización e intercambio de información entre los órganos de seguridad ciudadana, disposiciones finales. |
Ley de Coordinación de Seguridad Ciudadana : Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37318 del 06 de Noviembre de 2001 [texto impreso] / Hugo Rafael Chavez Frías, Autor . - [S.l.] : La Piedra, 2001 . - 18 p. : 12 cm. ; Impreso. Ciencias Jurídicas Idioma : Español ( spa) Idioma original : Español ( spa)
| Clasificación: |
K = DERECHO
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| Palabras clave: |
1.-SEGURIDAD CIUDADANA-LEGISLACIÓN-VENEZUELA |
| Clasificación: |
P.O KHW 18 L35 2001 |
| Resumen: |
El presente Decreto-Ley tiene por objeto regular la coordinación entre los órganos de Seguridad Ciudadana, sus competencias concurrentes, cooperación recíproca y el establecimiento de parámetros en el ámbito de su ejercicio. Se entiende por Seguridad Ciudadana, el estado de sosiego, certidumbre y confianza que debe proporcionarse a la población, residente o de tránsito, mediante acciones dirigidas a proteger su integridad física y propiedades. |
| Nota de contenido: |
Disposiciones generales, competencias concurrentes, y actuación compartida, entes de coordinación de seguridad ciudadana y la participación de otros órganos, organización e intercambio de información entre los órganos de seguridad ciudadana, disposiciones finales. |
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