| Título : |
Ley de Coordinación de Seguridad Ciudadana : Gaceta Oficial Nº 37.597 del 23 de Diciembre de 2002 y Nº 37.318 del 06 de Noviembre de 2001 |
| Tipo de documento: |
texto impreso |
| Autores: |
Hugo Chávez Frías, Autor |
| Editorial: |
La Piedra |
| Fecha de publicación: |
2002 |
| Número de páginas: |
18 p. |
| Il.: |
12 cm |
| Dimensiones: |
Impreso |
| Nota general: |
Ciencias Jurídicas |
| Idioma : |
Español (spa) Idioma original : Español (spa) |
| Clasificación: |
K = DERECHO
|
| Palabras clave: |
1.-SEGURIDAD CIUDADANA-LEGISLACIÓN-VENEZUELA |
| Clasificación: |
P.O KHW 18 L35 2002 |
| Resumen: |
El Estado establece la organización de los órganos de seguridad ciudadana, como medio para garantizar la protección de los ciudadanos y sus hogares en el disfrute de los derechos fundamentales; incorpora la creación de instituciones e instrumentos legales que permitan abordar integral y eficazmente la problemática de la inseguridad ciudadana. Se entiende por Seguridad Ciudadana, el estado de sosiego, certidumbre y confianza que debe proporcionarse a la población residente o de tránsito, mediante acciones dirigidas a proteger su integridad física y propiedades. |
| Nota de contenido: |
Disposiciones generales, competencias concurrentes y actuación compartida, entes de coordinación de seguridad ciudadana y la participación de otros órganos, organización e intercambio de información entre los órganos de seguridad ciudadana, disposiciones finales.
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Ley de Coordinación de Seguridad Ciudadana : Gaceta Oficial Nº 37.597 del 23 de Diciembre de 2002 y Nº 37.318 del 06 de Noviembre de 2001 [texto impreso] / Hugo Chávez Frías, Autor . - [S.l.] : La Piedra, 2002 . - 18 p. : 12 cm ; Impreso. Ciencias Jurídicas Idioma : Español ( spa) Idioma original : Español ( spa)
| Clasificación: |
K = DERECHO
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| Palabras clave: |
1.-SEGURIDAD CIUDADANA-LEGISLACIÓN-VENEZUELA |
| Clasificación: |
P.O KHW 18 L35 2002 |
| Resumen: |
El Estado establece la organización de los órganos de seguridad ciudadana, como medio para garantizar la protección de los ciudadanos y sus hogares en el disfrute de los derechos fundamentales; incorpora la creación de instituciones e instrumentos legales que permitan abordar integral y eficazmente la problemática de la inseguridad ciudadana. Se entiende por Seguridad Ciudadana, el estado de sosiego, certidumbre y confianza que debe proporcionarse a la población residente o de tránsito, mediante acciones dirigidas a proteger su integridad física y propiedades. |
| Nota de contenido: |
Disposiciones generales, competencias concurrentes y actuación compartida, entes de coordinación de seguridad ciudadana y la participación de otros órganos, organización e intercambio de información entre los órganos de seguridad ciudadana, disposiciones finales.
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